Carátula: Administración
de Parques
Nacionales c/
San Luis,
Provincia de s/
incidente de
medida cautelar.
Observaciones: En el marco de la solicitud de una medida cautelar por parte de la
provincia de San Luis con el objeto de que se disponga el cese
inmediato y definitivo de la matanza de burros silvestres producida en
los inmuebles afectados al Parque Nacional Sierra de las Quijadas,
requiere a la Administración de Parques Nacionales que informe al
Supremo Tribunal cuáles fueron las medidas adoptadas al respecto y,
en su caso, si se otorgaron autorizaciones para llevar a cabo esas
actividades y con qué fundamentos. Refiere que dicha medida es
tomada por el Tribunal como custodio de las garantías
constitucionales, en mérito a la índole de la denuncia formulada y en
virtud de que la Administración de Parques Nacionales es la autoridad
que detenta el manejo del área afectada en el marco del sistema
creado por la ley 22.351. En tal sentido, señala que, con fundamento
en la Ley General del Ambiente, el juez interviniente podrá disponer
todas las medidas necesarias para ordenar, conducir o probar los
hechos dañosos en el proceso, a fin de proteger efectivamente el
interés general.
Carátula: Incidente de
Apelación en
Nicanor S.A. c/
Ministerio de
Medio Ambiente
y de Campo s/
Acción de
Amparo.
Observaciones: El establecimiento de engorde de ganado fue clausurado por el
Gobierno provincial el 26 de junio de 2018 por los residuos sin tratar
de más de 10 mil bovinos que escurrían en dirección al dique La
Estrechura. Lo ocurrido fue denunciado por los habitantes de lugar en
febrero de 2017 al grupo de estudios ambientales GEA-IMASL del
Conicet, que alertaron sobre la presencia de residuos orgánicos,
excremento, pelo y hueso en el arroyo, lo que había generado
contaminación en la zona.
Carátula: BRUGNOLI S.A.
EN J° 250695 /
13-02068154-8
(010301-51861)
BRUGNOLI S.A.
C/
MUNICIPALIDAD
DE MAIPU P/
ACCIÓN DE
AMPARO P/
REC.EXT.DE INCONSTITCASACIÓN
Observaciones: Empresa que se dedica a la actividad avícola persigue la anulación del
acto administrativo de la Municipalidad de Maipú que ordenó la
clausura definitiva de su establecimiento ante la constatación de . La
Corte mantiene el criterio de las instancias anteriores, fundado en la
obligación estatal de tomar medidas para preservar el medio
ambiente.
Carátula: Federico
Hermanos
Sociedad de
Hecho c/
Provincia de San
Juan- Secretaría
de Estado de
Medio Ambiente
y Desarrollo
Sustentable s/
Contencioso
Administrativo
(actuaciones
para elevar a
cámara)"
Observaciones: Esta causa deriva de una resolución de la Secretaría de Estado de
Ambiente y Desarrollo Sustentable que impone entre otras cosas una
multa a la empresa Federico Hnos. S.A la cual incurrió en la falta de
remediación y derrame de hidrocarburo, y además se constató la
existencia de un tambor de 200 litros identificado como residuo
peligroso por lo que la empresa agota la vía administrativa y acude a
la vía judicial, imponiendo una medida cautelar con el mismo objeto
que la acción principal, otorgado por la Sra. Jueza de primer instancia.
Cabe destacar que en la provincia de San Juan el fuero contencioso
administrativo se rige por la Ley N° 883-A que es la ley que regula el
procedimiento para causas en donde el estado sea parte y tiene como
novedoso que hay una etapa de “mediación obligatoria”, la Ley N°
135-A que es la que regula el procedimiento administrativo general y
el código de procedimientos civil, comercial y de minería.
Observaciones: La empresa concesionaria del servicio de agua solicita la revocación
del acto sancionatorio que le impuso el Ente Provincial de Agua y
Saneamiento. Dicha condena se originó en un reclamo administrativo
de un usuario del servicio que constató arena en la red pública de
agua. La Corte rechazó la acción procesal administrativa interpuesta
por la empresa concesionaria, y declaró legítimo el acto sancionatorio.
Se basó en el argumento de que en el derecho administrativo el
principio de tipicidad es menos riguroso, y las conductas ilícitas se
describen de manera genérica. Si bien algunos principios del derecho
penal son rectores en materia administrativa, es cierto también que
tienen un contenido menos restrictivo. Por ello se aplican contenidos
de responsabilidad objetiva y pueden sancionarse comportamientos
aunque no se haya acreditado un daño actual a un bien jurídico sino
potencial (así lo entiende la Corte Suprema de Justicia de la Nación en
autos 65812/98, V.796. XLII. “Volcoff, Miguel Jorge y otros c/ BCRA”.
Resol 14/04).
Carátula: La Pampa,
Provincia de c/
Mendoza,
Provincia de s/
uso de aguas.
Observaciones: La Corte se declaró competente para entender en el conflicto
interprovincial por el aprovechamiento del Río Atuel y fijó una
audiencia pública entre las partes.
Carátula: La Pampa, Provincia de c/ San Juan, Provincia de y otro (Estado Nacional) s/ amparo ambiental
Observaciones: Los hechos que se denuncian en la causa - acción de amparo
ambiental por la de construcción en el Río San Juan de la represa El
Tambolar - exigen de la Corte el ejercicio del control encomendado a
la justicia sobre las actividades de los otros poderes del Estado y, en
ese marco, la adopción de las medidas conducentes que, sin
menoscabar las atribuciones de estos últimos, tiendan a sostener la
observancia de la Constitución Nacional, más allá de la decisión que
pueda recaer en el momento que se expida sobre su competencia
para entender en el caso por vía de la instancia prevista en el artículo
117 de la Constitución Nacional, pues le corresponde al Poder Judicial
de la Nación buscar los caminos que permitan garantizar la eficacia de
los derechos, y evitar que estos sean vulnerados, como objetivo
fundamental y rector a la hora de administrar justicia y de tomar
decisiones en los procesos que se someten a su conocimiento.
La actividad –gratuita- apunta a
visibilizar la problemática y abordarla de manera integral, desde
diferentes perspectivas. Paneles con reconocidos profesionales de la
región, le dará un nivel de excelencia al evento.
El viernes 24 de junio, a las 16, se
realizará la jornada académica “Delitos, contravenciones y faltas
ambientales”, organizada de manera conjunta entre la Universidad
Católica de Santa Fe y el Ministerio de Ecología de Misiones, en la sede Santos Mártires de la UCSF, sobre la Avda. Rademacher 3943, de la capital misionera.
Poner en valor y sensibilizar sobre la
importancia de los bienes y microbienes ambientales protegidos
constitucionalmente, con énfasis en los bienes naturales de la Provincia
de Misiones y la región, es uno de los objetivos de la propuesta que
está dirigida al público en general, docentes y estudiantes de la UCSF,
profesionales, funcionarios y magistrados.
“Queremos visualizar las complejidades
del abordaje de la materia ambiental, desde el derecho penal y otras
disciplinas jurídicas con carácter transversal. Y también combinar y
complementar las herramientas que nos brinda la investigación y la
extensión”, expresaron desde la organización.
La jornada contará con cuatro paneles
diferentes, compuestos a su vez por distintos especialistas de derecho
penal y de derecho ambiental. Los ejes temáticos a abordar serán: La
transversalidad de la cuestión ambiental y su irrupción en el derecho
penal, las faltas ambientales municipales en una mirada federal, Derecho
Penal y Contravencional Ambiental Comparado y Delitos Ambientales en
Argentina, una mirada desde la praxis de la Magistratura y del
Ministerio Público.
Acompañando de manera temática a la
jornada, se realizará en el patio y terraza de la Universidad, la
presentación de una exposición de fotografías de aves de la provincia,
por parte del Club de Observadores de Aves Tangará de Posadas.